¿Qué es una carta de invitación?

Es un documento oficial en el que un residente en España se compromete a alojar a un visitante de fuera de la UE y a hacerse cargo de su alojamiento durante una estancia turística o privada. La Policía Nacional la expide en un impreso con medidas de seguridad, y las reglas están en la Orden PRE/1283/2007.

Cómo se usa depende del pasaporte del visitante. Si necesita visado para España, adjunta la carta a su solicitud de visado en el consulado español. Si no necesita visado, la policía de fronteras puede pedírsela al llegar. En cualquier caso, la orden deja claro que la carta solo acredita el alojamiento. No sustituye a ninguno de los demás requisitos de entrada.

Apartados primero y segundo y preámbulo de la Orden PRE/1283/2007 (BOE).

¿Quién puede solicitarla?

Los ciudadanos españoles, los ciudadanos de la UE y sus familiares, y los extranjeros de fuera de la UE que residan legalmente en España. Así que un inquilino británico o estadounidense con TIE puede solicitarla, pero alguien que está en Barcelona como turista no. Se solicita en la comisaría que corresponde al lugar donde vives, y solo esa comisaría puede tramitarla.

La carta puede cubrir a más de una persona, por ejemplo a los dos padres, si das los datos de cada uno y demuestras que hay sitio para todos.

Policía Nacional, página del trámite de la carta de invitación, consultada en octubre de 2026; apartado segundo de la orden.

¿Sirve un contrato de alquiler como prueba de vivienda?

Sí. La orden pide al anfitrión que acredite que dispone de la vivienda y cita como prueba válida «título de propiedad, contrato de arrendamiento u otros». Tu contrato firmado es el documento que tienes que llevar, original y copia.

Las comisarías suelen pedir más de lo que dice la orden. Las webs de asesoramiento hablan de peticiones de un certificado de empadronamiento con todas las personas inscritas en el domicilio y una factura reciente de suministros, sobre todo cuando el contrato tiene más de un año. Cada comisaría tiene su propia lista, así que consulta la tuya antes de la cita. Nuestra guía del certificado de empadronamiento explica cómo conseguirlo rápido.

Dos cosas que revisar en tus propios papeles:

  • Que el contrato cubra la visita. Si tu contrato termina antes de la fecha prevista de salida de tu invitado, renuévalo o consigue antes la prórroga por escrito.
  • Que la dirección coincida en todas partes. La dirección de tu TIE, la de tu padrón y la del contrato deberían ser la misma. Si te has mudado hace poco y no has actualizado el padrón, hazlo primero.

La orden no exige que tu casero firme nada ni dé permiso si alquilas el piso entero. Si alquilas el piso entero, basta con el contrato.

Apartado segundo, punto dos, de la Orden PRE/1283/2007; documentos adicionales según reclamador.es, actualizado en agosto de 2025.

¿Y si solo alquilas una habitación?

Alquilar una habitación lo complica. Un contrato de habitación acredita que puedes usar una habitación, y la policía comprueba que tu invitado tiene dónde dormir. Las webs de asesoramiento dicen que algunas comisarías piden a quien alquila una habitación el consentimiento por escrito del propietario o del inquilino principal, junto con una copia de su DNI. reclamador.es también advierte de que un certificado de empadronamiento con muchas personas para el número de habitaciones puede acabar en denegación.

Si alquilas una habitación, pregunta en tu comisaría qué necesitan antes de pedir cita, y consigue pronto el consentimiento del casero por escrito. Las normas de la casa sobre invitados pueden aplicarse igualmente. Nuestra guía sobre contratos de alquiler de habitación explica qué pueden exigir esas normas y qué no.

¿Cuánto cuesta una carta de invitación?

81,59 € en total por carta: 75,05 € por la solicitud y 6,54 € por la expedición, según la tabla de tasas de la Policía Nacional en octubre de 2026. Las copias compulsadas de los documentos que aportes cuestan 1,09 € cada una. Se paga con el modelo 790, código 012, que puedes generar en la web de la policía y pagar en el banco.

No pagues al presentar la solicitud. Según la orden, el pago se activa con la resolución favorable. A partir de ahí tienes un mes para pagar y debes enseñar el justificante al recoger la carta.

Tasas de la tabla de tasas de extranjería de la Policía Nacional, consultada el 26 de octubre de 2026; normas de pago en el apartado cuarto de la orden.

¿Cómo es el trámite, paso a paso?

  1. Pide cita. Usa el sistema de cita previa del Gobierno para trámites de extranjería, elige la provincia de Barcelona y el trámite de carta de invitación en la comisaría de tu domicilio. Si no aparecen huecos, sigue mirando o pregunta en la comisaría.
  2. Rellena el impreso de solicitud. El impreso oficial está en la página del trámite de la Policía Nacional. Pide tus datos, los datos y el número de pasaporte de tu invitado, vuestra relación, la dirección donde se alojará y el primer y último día aproximados de la visita.
  3. Lleva los documentos. Tu pasaporte o TIE, una copia del pasaporte de tu invitado, tu contrato de alquiler y cualquier documento extra que pida tu comisaría, como el certificado de empadronamiento. Lleva originales y copias.
  4. Prepárate para una entrevista. La policía puede citarte para comprobar tu identidad y tus documentos. Si no te presentas sin causa justificada dentro del plazo que te den (que no puede superar los 15 días), se te tiene por desistido de la solicitud.
  5. Paga tras la aprobación. Cuando llegue la resolución favorable, paga la tasa 790-012 en el plazo de un mes.
  6. Recoge la carta y envía el original. Recógela con el justificante de pago. Tu invitado necesita el original, así que envíalo por mensajería con seguimiento con tiempo de sobra para la cita del visado o el vuelo.

No hay un plazo de tramitación fijo. La policía dice que no es inmediato, y los solicitantes hablan de entre unos diez días y dos meses. Solicítala en cuanto sepas las fechas.

Apartados tercero y cuarto de la Orden PRE/1283/2007; la página del trámite de la Policía Nacional; plazos según lectores de reclamador.es.

¿Qué no cubre la carta?

Todo salvo dónde duerme tu invitado. Aún pueden pedirle que demuestre que tiene dinero suficiente para la estancia, un billete de vuelta o de continuación de viaje y, si solicita visado, un seguro médico de viaje. Los medios económicos mínimos se fijan en normas aparte y cambian con el tiempo, así que comprueba la cifra vigente con el consulado español o el Ministerio del Interior antes del viaje.

El límite Schengen habitual también se aplica. Un visitante de corta duración puede pasar hasta 90 días en cualquier periodo de 180 días en el espacio Schengen, y la carta no lo amplía.

Límite de corta duración en el artículo 6 del Código de fronteras Schengen (Reglamento (UE) 2016/399).

¿Qué pasa si deniegan la solicitud?

La orden recoge dos motivos: información que falta o que no es cierta, y no cumplir los requisitos de entrada de la normativa de extranjería. La denegación tiene que estar motivada e indicarte cómo recurrir. Si la policía no resuelve, la Policía Nacional dice que el silencio cuenta como denegación.

Puedes pedir a la misma oficina que lo reconsidere (recurso de reposición) en el plazo de un mes desde una denegación expresa, o de tres meses si no hubo resolución. Para algo más complicado, como una denegación que creas injusta, consulta a un abogado de extranjería.

¿Tiene que saberlo tu casero?

Si alquilas el piso entero, la orden no lo exige, y en general el casero no tiene nada que decir sobre quién te visita. Otra cosa es que tu familiar acabe viviendo allí, pagando parte del alquiler o empadronándose. Nuestra guía sobre invitados en un piso de alquiler explica dónde está ese límite.

Si la idea es que un familiar se mude a España de forma permanente, la carta de invitación no es el documento adecuado. La reagrupación familiar tiene su propia comprobación de vivienda, explicada en nuestra guía del informe de vivienda para la reagrupación familiar.

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Si recibes visitas a menudo, vale la pena tener una habitación de invitados. Los pisos que la tienen vuelan, así que conviene llamar antes de que se forme la cola. Llavai vigila los principales portales de alquiler de Barcelona, puntúa cada anuncio nuevo de agencia según lo que buscas (presupuesto, barrios, habitaciones) y te pone primero los mejores, con el teléfono del agente a un toque. Configura tu búsqueda en un par de minutos. Si prefieres no hacer tú la llamada, Julia puede hacerla en español con el plan Pro.